kasturbai escribió:
Manuel H escribió:
kasturbai escribió:
Anacleto, tío. Si tú eres asalariado y trabajas en una oficina tienes ordenador, silla, material, teléfono, internet, y suelo no ya sin IVA sino enteramente gratis. Entonces tú dirás "Eh, pero es que eso es para mi trabajo!!!". Pues claro, igual que cualquier cosa por la que un autónomo se puede deducir el IVA. Lo sabes y lo acabas de reconocer por aquí arriba, pero has intentado venderlo como si fuera el superchollo del siglo, el gran privilegio. Pues no, mira, no es así.
No, lo que ha intentado (con poco éxito) es decir que el autónomo no "paga IVA a Hacienda" sino que "recauda IVA para Hacienda". Es un dinero que él percibe en nombre de Hacienda, y por lo tanto no debería considerarlo suyo ni siquiera mentalmente.
Luego la cosa se ha embarrado como de costumbre, pero su primer post iba por ahí.
Creo que su argumento era el contrario, que no pagamos IVA, por aquello de que se puede deducir, cuando eso solo afecta a los suministros para el ejercicio de tu profesión.
Pues te equivocas Kasturbai, aquí el notas saltó con que había tenido unos ingresos de 14000 euros y había pagado a hacienda 8000 euros y eso no se sostiene si no es teniendo en cuenta que ha metido en esos 8 mil euros el IVA que le ha pagado a hacienda pero que no es suyo ya que no es más que un mero recaudador. Vamos, que no ha sabido dividir su faceta de autónomo de su faceta de persona física. Desde el principio he dividido la faceta autónomo de la de la persona física para que quede claro que no hay diferencia entre lo que una persona física, que es autónomo, paga más o menos igual a hacienda y seguridad social que un asalariado y que en la faceta de autónomo es tratado como lo que es, una empresa. Aquí el notas soltó que los asalariados se tienen que lavar la boca antes de hablar de un autónomo y no señora, porque en el ejemplo que usted ha puesto de la mesa del oficinista se ve claramente, cuando una empresa contrata a un autónomo en lugar de a un asalariado se está ahorrando gastos de indemnización en caso de despido, se ahorra tener que pagarle vacaciones, días festivos, bajas por enfermedad, se lo ahorra todo y lo traspasa al autónomo, entonces cuando los autónomos hablan de lo mal que lo tratan yo digo que no, que los tratan igual que las empresas que intentan ser y que en el caso de esos autónomos dependientes, mira que Argos lo cogió a la primera, de lo que se trata es de un fraude de ley y eso no se puede legalizar a base de bajarles las cotizaciones ni de privilegiarlos. La historia esa de las quejas de los autónomos la comparo con lo del contrato único:
Citar:
Es decir que no hay una dualidad entre trabajadores temporales y fijos sino una
dualidad entre trabajadores con contrato en fraude y trabajadores con contrato correcto, que no es lo mismo ni de lejos. Por tanto, como es lógico, la existencia de un fraude no puede utilizarse para pedir una modificación legal cuyo principal objetivo sea legalizar ese fraude. Es decir, que los empresaurios usen masivamente el contrato temporal en fraude para su propio beneficio (pagar menos indemnización cuando echen al empleado) y usen el contrato indefinido como premio (por ejemplo al que lleve X años tragando con las horas extras ilegales) no justifica que se cree un contrato único que lleve un poquito del "bueno" (el indefinido) y un poquito del "malo" (el fraudulento).
http://laboro-spain.blogspot.com.es/201 ... abajo.htmlVamos, que como en este caso, el que haya autónomos que realmente no son mas que asalariados no justifica que se tengan que cambiar las leyes para legalizarlo porque ya es raro que España, con unos 23 millones de población laboral resulte que tenga 2 millones de autónomos sin asalariados mientras que Alemanía con unos 43 millones de población laboral tiene 2.3 millones de autónomos sin asalariados, ¿no están tan mal las cosas en España para ser autónomo? pues coño, somos una potencia en eso y yo más bien lo que creo es que somos una potencia en fraude.
Que no Kasturbai, que en ningún momento he dicho que sea un chollo.